“Una hegemonía sin engaños es, por tanto, lo que distingue la hegemonía del proletariado de la hegemonía burguesa: por eso, Gramsci no se cansa de subrayar que ‘en la política de masas decir la verdad es una necesidad política’ (Q, 700). Es, claramente, el principio opuesto al bien conocido de la tradición burguesa, según el cual es esencial para el arte de la política la habilidad para mentir, ‘el saber astutamente esconder las propias opiniones verdaderas y las verdaderos fines a los que se tiende’ (Cuadernos de la cárcel, 699).”
El concepto de hegemonía es central en el desarrollo del pensamiento político y educativo de Antonio Gramsci. “Tanto si se sirve del término ‘hegemonía’, como si utiliza términos equivalentes (por ejemplo, ‘dirección intelectual y moral’), lo que más le interesa a Gramsci es la importancia esencial del marco de referencias en el cual el concepto se enraíza” (141).
Gramsci se refiere a menudo a Lenin como el ‘teórico de la hegemonía’, refiriéndose a “los escritos de Lenin en defensa de la hegemonía del proletariado en la revolución democrático-burguesa”.
“En un texto leniniano de este período se encuentra una definición teórica que parece escrita a propósito para justificar las posteriores tesis gramscianas. En polémica con V. Levitski, que contraponía a la idea de la hegemonía la idea del ‘partido de clase’, Lenin afirmaba de modo perentorio: ‘Desde el punto de vista del marxismo, una clase que niegue la idea de la hegemonía, o que no la comprenda, no es, o no es todavía, una clase, sino una corporación [es decir, un mero sindicato de oficio] o una suma de diversas corporaciones’. Y es, añadía Lenin, ‘justamente la conciencia de la idea de la hegemonía’ la que ha de transformar ‘una suma de corporaciones en una clase’ (Obras completas, XVII)” (141).
“No es fácil encontrar una definición más incisiva para subrayar la diferencia entre corporaciones y clase, y es precisamente la conciencia de esta diferencia la que sostiene toda la teoría gramsciana de la hegemonía” (141-142). “En el ensayo sobre la ‘cuestión meridional’, el último de sus escritos antes de su encarcelamiento, Gramsci puede aclarar perfectamente la cuestión de la hegemonía del proletariado, sin que necesite usar el término: ‘El proletariado, para ser capaz de gobernar como clase, debe despojarse de cualquier residuo corporativo, de todo prejuicio o incrustación sindicalista. ¿Qué significa esto? Significa que no sólo deben ser superadas las distinciones que existen entre profesión y profesión, sino que es necesario […] superar algunos prejuicios y vencer ciertos egoísmos que pueden subsistir y subsisten en la clase obrera como tal, incluso cuando ya han desaparecido de ella los particularismos profesionales. El metalúrgico, el carpintero, el albañil, etc. deben pensar, no sólo como proletarios y no ya como metalúrgico, carpintero, albañil, etc., sino que deben dar un paso más adelante todavía: deben pensar como obreros miembros de una clase que tiende a dirigir a los campesinos y a los intelectuales, de una clase que puede vencer y puede construir el socialismo sólo si es ayudada y seguida por la mayoría de estos estratos sociales’ (La quistione meridionale, 1926).” (142).
En ese momento, de acuerdo con las perspectivas del movimiento internacional nacido de la Revolución de Octubre, “Gramsci podía hablar de la cuestión de la ‘hegemonía del proletariado’ como de la cuestión de la ‘base social de la dictadura proletaria y del Estado obrero’. […] Sin embargo, ambos conceptos [el de ‘hegemonía’ y el de ‘dictadura del proletariado’] permanecen distintos” (142). Luego, en la cárcel, en un momento de reflujo del movimiento revolucionario y de abandono por la III Internacional del concepto de hegemonía, la meditación de Gramsci lo lleva, por el contrario, a profundizar en ese concepto y a hacerlo más complejo; así podrá servirle como llave maestra para desarrollar la teoría adecuada para conceptualizar el proceso que pudiera llevar a la clase obrera a la toma del poder del Estado.
En efecto, “Gramsci retoma la idea leniniana de la hegemonía del proletariado […] y la pone en el centro de una nueva investigación” (143). Ya “en la carta de octubre de 1926 dirigida al Comité Central del Partido Comunista Soviético, la idea de la hegemonía del proletariado sirve de hilo conductor de la argumentación que sostiene, tanto las críticas dirigidas al grupo de oposición, como las dudas y las reservas que se refieren a la conducta de la mayoría. El leninismo es definido aquí como la ‘doctrina de la hegemonía del proletariado’, mientras que el concepto de hegemonía aparece siempre contrapuesto al espíritu corporativo, incapaz éste de sacrificar los intereses inmediatos a los intereses generales y permanentes de la clase. En el mismo sentido, Lenin había diferenciado el concepto de clase del de corporación (o suma de corporaciones). Ese concepto de hegemonía del proletariado es igualmente válido tanto para cuando la clase obrera, excluida del poder, lucha por conquistarlo, como para cuando, después de haberlo conquistado, lucha por mantenerlo” (143).
“En la reflexión carcelaria, Gramsci confirma esta interpretación suya del leninismo y la desarrolla haciendo de ella el punto de partida de su investigación teórica. ‘El más grande teórico moderno de la filosofía de la praxis –-como llama Gramsci a Lenin en los Cuadernos de la cárcel–, en el terreno de la lucha y de la organización política, con terminología política, en oposición a las diversas tendencias ‘economicísticas’ ha revalorizado el frente de la lucha cultural y construido la doctrina de la hegemonía como complemento de la teoría del Estado-fuerza’ (Quaderni, 1235). A diferencia de una tradición consolidada que atribuía a Lenin el mérito de haber revalorizado el concepto marxiano de dictadura del proletariado, para Gramsci la importancia teórica de Lenin está en otra parte: en el haber integrado este concepto (la teoría del Estado-fuerza) con la doctrina de la hegemonía. Es ésta, según Gramsci, su contribución teórica más importante, y en esta dirección hay que desarrollar la investigación.” (143).
“Estando Gramsci convencido de que la fuerza por sí sola no basta para gobernar el Estado, es decir, que es insuficiente para asegurar un dominio estable de clase, se esfuerza por aclarar qué otros elementos contribuyen a mantener en equilibrio la dinámica del poder. Y es precisamente la teoría de la hegemonía, estimulada por la reflexión sobre el leninismo, la que va a ofrecerle un camino de acceso a una temática tan compleja, explorada en los Cuadernos en las más diversas direcciones. Pero, puesto que una clase no puede conocerse a sí misma si no conoce a todas las demás clases sociales, es evidente, en este sentido, que el concepto de hegemonía del proletariado, para ser aclarado hasta el fondo, tenía necesidad del soporte de una teoría general de la hegemonía; esto es, una teoría que se pudiese referir tanto a la hegemonía proletaria como a la hegemonía burguesa; o bien, en general, a cualquier relación de hegemonía. Es éste el camino seguido en la reflexión de los Cuadernos de la cárcel.” (143-144).
“Este concepto general de hegemonía se constituye, en el pensamiento de Gramsci, a través de la diferenciación de las funciones de la dirección respecto de las funciones del dominio. ‘La supremacía de un grupo social –-escribe Gramsci– se manifiesta de dos modos, como ‘dominio’ y como ‘dirección intelectual y moral’. Un grupo social es dominante de los grupos adversarios, a los que tiende a ‘liquidar’ o a someter incluso con la fuerza armada, y es dirigente de los grupos afines y aliados. Un grupo social puede y, aún más, debe ser dirigente ya antes de conquistar el poder gubernativo (ésta es una de las condiciones principales para la propia conquista del poder); después, cuando ejercita el poder, e incluso si lo tiene fuertemente empuñado, se convierte en dominante pero debe continuar siendo también ‘dirigente’’ (Q, 2010-2011). Son dos los elementos que, diferenciándose, se entrelazan al mismo tiempo y se combinan en la vida de todo Estado; que aparecen, por tanto, siempre, según las fórmulas generales usadas por Gramsci: ‘dictadura+hegemonía’ (Q, 811) o ‘hegemonía acorazada de coacción’ (Q, 764)” (144). Seguir leyendo EL CONCEPTO DE HEGEMONÍA EN LA OBRA DE GRAMSCI. VALENTINO GERRATANA