En tanto la legislación fabril regula el trabajo en las fábricas, manufacturas, etc., ese hecho sólo aparece, ante todo, como intromisión en los derechos de explotación ejercidos por el capital. Por el contrario, toda regulación de la llamada industria domiciliaria, se presenta de inmediato como usurpación de la patria potestad esto es, interpretándola modernamente, de la autoridad paterna, un paso ante el cual el remilgado, tierno parlamento inglés fingió titubear durante largo tiempo. No obstante, la fuerza de los hechos forzó por último a reconocer que la gran industria había disuelto, junto al fundamento económico de la familia tradicional y al trabajo familiar correspondiente a ésta, incluso los antiguos vínculos familiares. Era necesario proclamar el derecho de los hijos.
“Desgraciadamente», se afirma en el informe final de la Children’s Employment Commission fechado en 1866, «de la totalidad de las declaraciones testimoniales surge que contra quienes es más necesario proteger a los niños de uno u otro sexo es contra los padres.»
El sistema de la explotación desenfrenada del trabajo infantil en general y de la industria domiciliaria en particular se mantiene porque «los padres ejercen un poder arbitrario y funesto, sin trabas ni control, sobre sus jóvenes y tiernos vástagos… Los padres no deben detentar el poder absoluto de convertir a sus hijos en simples máquinas, con la mira de extraer de ellos tanto o cuanto salario semanal… Los niños y adolescentes tienen el derecho de que la legislación los proteja contra ese abuso de la autoridad paterna que destruye prematuramente su fuerza física y los degrada en la escala de los seres morales e intelectuales». No es, sin embargo, el abuso de la autoridad paterna lo que creó la explotación de la infancia; es, al contrario, la explotación capitalista la que ha hecho degenerar esta autoridad en abuso. Por lo demás, ¿la legislación de la fábrica no es el testimonio oficial que la gran industria ha hecho de la explotación de mujeres y niños por el capital, de este disolvente radical de la familia obrera de antes, una necesidad económica, el testimonio de que ha convertido la autoridad paterna en aparato del mecanismo social destinado a abastecer directa o indirectamente al capitalista los hijos del proletario, el cual, bajo amenaza de pena de muerte, debe jugar su papel de intermediario y de mercader de esclavos? Todos los esfuerzos de esta legislación no pretenden más que reprimir los excesos de este sistema de esclavitud.
Ahora bien, por terrible y repugnante que parezca la disolución del viejo régimen familiar dentro del sistema capitalista, no deja de ser cierto que la gran industria, al asignar a las mujeres, los adolescentes y los niños de uno u otro sexo, fuera de la esfera doméstica, un papel decisivo en los procesos socialmente organizados de la producción, crea el nuevo fundamento económico en el que descansará una forma superior de la familia y de la relación entre ambos sexos. Es tan absurdo, por supuesto, tener por absoluta la forma cristiano-germánica de la familia como lo sería considerar como tal la forma que imperaba entre los antiguos romanos, o la de los antiguos griegos, o la oriental, todas las cuales, por lo demás, configuran una secuencia histórica de desarrollo. Es evidente, asimismo, que la composición del personal obrero, la combinación de individuos de uno u otro sexo y de las más diferentes edades, aunque en su forma espontáneamente brutal, capitalista en la que el obrero existe para el proceso de producción, y no el proceso de producción para el obrero constituye una fuente pestífera de descomposición y esclavitud, bajo las condiciones adecuadas ha de trastrocarse, a la inversa, en fuente de desarrollo humano. 67
Fuente: Carlos Marx, El Capital, Libro I, capítulo XIII
Tomado de: MARXIST